Reglamento (UE) 2023/2495 del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 904/2010 en lo que respecta a las disposiciones sobre cooperación administrativa en el IVA necesarias para la era digital
En vigor desde 01/01/2026
Resumen: Establece los mecanismos de intercambio automatizado de información sobre el IVA para combatir el fraude. Centraliza los datos del régimen IOSS y las declaraciones de los proveedores facilitadores (plataformas) para permitir un control cruzado inmediato por parte de las autoridades tributarias.
Acciones concretas
- Mantener registros de IVA en formato electrónico durante 10 años
- Asegurar la trazabilidad de los números IOSS en envíos internacionales
- Colaborar en auditorías fiscales digitales mediante el suministro de ficheros estructurados
1. Contexto y marco normativo previo
Este Reglamento es la pieza procesal que acompaña a la Directiva ViDA. Históricamente, el intercambio de información entre agencias tributarias europeas era lento y bajo demanda. El Reglamento (UE) n.º 904/2010 era el marco anterior, pero resultaba insuficiente para la inmediatez del comercio online. Con el auge del IOSS en 2021, la UE detectó que muchos vendedores extracomunitarios utilizaban números IOSS fraudulentos o robados sin que las aduanas pudieran verificarlo en tiempo real.
2. Origen y proceso legislativo
Publicado en el DOUE en noviembre de 2023, su aplicación efectiva se sincroniza con los cambios estructurales de 2026. Se basa en el artículo 113 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que busca la armonización fiscal para el funcionamiento del mercado interior.
3. Ámbito subjetivo - A QUIEN aplica
- Autoridades Tributarias: Son los principales destinatarios, pero el impacto recae en el contribuyente.
- Empresas Ecommerce: Especialmente aquellas que utilizan el régimen IOSS.
- Proveedores de Servicios de Pago (PSP): Ya bajo el paraguas del CESOP, este reglamento refuerza la vigilancia sobre sus datos.
4. Ámbito objetivo - QUE actividades y productos cubre
Se centra en el control de la recaudación del IVA en:
- Importaciones de bajo valor (menos de 150€).
- Ventas de servicios digitales.
- Transacciones facilitadas por interfaces electrónicas.
5. Obligaciones concretas
- Acceso Automatizado a Datos IOSS: Las aduanas podrán verificar instantáneamente si un número IOSS es válido y si ha sido utilizado para el volumen de mercancía declarado.
- Registros Centralizados: Creación de un repositorio europeo de datos de IVA donde se cruzarán los datos del OSS con las transacciones bancarias reportadas por el CESOP.
- Auditorías Conjuntas: Facilita que inspectores de varios países de la UE realicen auditorías simultáneas a una misma tienda online.
10. Como cumplir paso a paso - Guia operativa
- Validación Interna: No compartas tu número IOSS con proveedores de logística que no sean de total confianza.
- Conciliación: Realiza una conciliación mensual entre lo declarado en OSS/IOSS y tus registros de ventas de la web para detectar discrepancias que activen alertas automáticas en Hacienda.
Resumen elaborado por IA a partir del texto oficial enlazado y normativa relacionada. Recomendamos revisar la fuente original y que un profesional cualificado lo aplique correctamente a tu caso.
Fuente oficial: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32023R2495
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