Prórroga del Tipo Cero de IGIC para la reconstrucción de La Palma: Impacto en facturación ecommerce hasta 2026
En vigor desde 01/01/2026
Resumen: Extensión hasta el 31 de diciembre de 2026 del tipo impositivo 0% en el IGIC para entregas de bienes y servicios destinados a la reposición de activos destruidos por el volcán en La Palma. Las tiendas online con clientes en la zona deben adaptar su facturación para aplicar este beneficio fiscal.
Acciones concretas
- Configurar el motor de impuestos para aplicar IGIC 0% a clientes específicos en La Palma
- Solicitar y conservar la acreditación de la condición de 'afectado' y destrucción de bienes para justificar la exención
- Actualizar los textos legales en facturas emitidas bajo este régimen mencionando el Decreto-ley 7/2025
1. Contexto y marco normativo previo
El Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) es el pilar de la fiscalidad indirecta en las Islas Canarias, sustituyendo al IVA peninsular. Tras la erupción del volcán Tajogaite en La Palma el 19 de septiembre de 2021, el Gobierno de Canarias implementó medidas urgentes para paliar los daños económicos catastróficos. La pieza clave original fue el Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre, que introdujo por primera vez el tipo cero (0%) para operaciones destinadas a la reposición de bienes destruidos.
Este régimen excepcional ha sido objeto de diversas prórrogas debido a la persistencia de la necesidad de reconstrucción. La normativa actual, el Decreto-ley 7/2025, viene a corregir una asimetría temporal que existía en el Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2025. Mientras que algunas operaciones ya estaban cubiertas hasta finales de 2026, otras (específicamente las relativas a reactivación empresarial y servicios) vencían el 31 de diciembre de 2025. Este nuevo Decreto-ley unifica el plazo de aplicación de todas las medidas de tipo cero relacionadas con el volcán hasta el 31 de diciembre de 2026.
Desde un punto de vista jurídico, esta norma se apoya en el artículo 115 del Estatuto de Autonomía de Canarias (Ley Orgánica 1/2018) y en la Ley 22/2009 de financiación de las CCAA, que otorga a Canarias competencia normativa para regular los tipos impositivos del IGIC. El CELEX relacionado para el marco del IGIC en la UE es el 31986L0560 (aunque Canarias goza de un régimen de exclusión del IVA según la Directiva 2006/112/CE).
2. Origen y proceso legislativo
El Decreto-ley 7/2025 fue publicado en el BOE el 11 de mayo de 2026 (procedente de la validación del Gobierno de Canarias el 23 de diciembre de 2025). Su tramitación como Decreto-ley responde a la "extraordinaria y urgente necesidad" de evitar que los afectados por el volcán vieran incrementados sus costes de reposición de activos en un 7% (tipo general del IGIC) o más a partir del 1 de enero de 2026.
El proceso legislativo se fundamenta en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (STC 14/2020), que permite el uso del decreto-ley en materia tributaria siempre que no altere sensiblemente la posición de los obligados tributarios en el conjunto del sistema. Al ser una medida de beneficio fiscal (tipo cero), se considera una intervención legítima sobre un impuesto indirecto que grava consumos específicos, sin afectar a la estructura global de la capacidad económica del contribuyente.
3. Ámbito subjetivo - A QUIEN aplica
El cumplimiento de esta normativa afecta a dos figuras principales en el entorno digital:
- Sujetos Pasivos (Vendedores Online): Cualquier empresa o autónomo que realice entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas al IGIC. No importa si la empresa tiene su sede en Canarias, en la Península o en el extranjero; si la operación se localiza en Canarias y el cliente es un afectado en La Palma, el vendedor debe saber aplicar el tipo 0%.
- Beneficiarios (Compradores): Personas físicas o jurídicas cuyas edificaciones, instalaciones, vehículos o explotaciones económicas hayan sido destruidas o dañadas directamente por la lava o la ceniza. Esto incluye:
- Consumidores finales (B2C): Vecinos que compran muebles, electrodomésticos o ropa para sus nuevas viviendas.
- Empresas y Autónomos (B2B): Agricultores, ganaderos, hoteleros y comerciantes que necesitan reponer maquinaria, stock o equipos informáticos para reactivar su actividad.
Marketplaces y plataformas: Las plataformas tipo Amazon o Miravia deben asegurar que sus sistemas de facturación automática permitan la aplicación de este tipo 0% cuando se cumplan los requisitos geográficos y de condición del cliente.
4. Ámbito objetivo - QUÉ actividades y productos cubre
La norma es extremadamente específica sobre qué se puede vender al 0%:
- Entregas de bienes y servicios para reposición empresarial: Maquinaria industrial, ordenadores, mobiliario de oficina, herramientas de construcción, suministros agrícolas (semillas, fertilizantes), y servicios de consultoría o ingeniería vinculados a la reactivación.
- Vehículos: Reposición de turismos, furgonetas o camiones destruidos.
- Bienes destinados al alojamiento: Todo lo necesario para amueblar y equipar viviendas que sustituyan a las destruidas (colchones, menaje, electrodomésticos).
- Exclusiones: No aplica a bienes de lujo, servicios de ocio no vinculados a la reconstrucción, o productos que no tengan una relación directa con la reposición de activos perdidos.
En el ámbito ecommerce, esto afecta principalmente a tiendas de electrónica, hogar, ferretería, automoción y suministros profesionales.
5. Obligaciones concretas - exégesis del articulado
El Decreto-ley modifica la disposición adicional sexta del Texto Refundido del IGIC.
Artículos Clave:
- Ampliación del plazo (Apartado tres): Las operaciones que antes vencían en 2025 ahora se extienden al 31/12/2026. La obligación de la tienda online es mantener este flujo de facturación un año más de lo previsto.
- Requisito de vinculación: El vendedor debe obtener una declaración responsable del comprador donde este manifieste que el bien o servicio se destina a la reposición de un activo dañado por el volcán.
- Mención en factura: Es obligatorio incluir en la factura una referencia expresa: "Tipo cero IGIC según Disposición Adicional Sexta del Decreto Legislativo 1/2025 y Decreto-ley 7/2025".
- Localización de la operación: El ecommerce debe verificar que la dirección de entrega o el domicilio del adquirente se encuentra en los municipios afectados (El Paso, Los Llanos de Aridane, Tazacorte).
6. Casos prácticos por TIPO DE TIENDA Y PRODUCTO
- Caso 1: Tienda de Electrodomésticos Online (Shopify). Un cliente de Los Llanos de Aridane compra un frigorífico y una lavadora. El sistema debe detectar el CP y permitir al cliente marcar una casilla de "Afectado Volcán". El sistema recalcula el IGIC del 7% al 0%. El cliente sube un PDF con el certificado del Registro de Afectados. La tienda emite factura al 0%.
- Caso 2: SaaS de Gestión Agrícola. Una cooperativa de plátanos en La Palma contrata una suscripción anual para gestionar la replantación. Al ser un servicio necesario para la reactivación económica, la empresa de software debe facturar al 0% IGIC en lugar del 7%.
- Caso 3: Tienda de Muebles en Península que envía a Canarias. Al ser una exportación desde Península, la venta está exenta de IVA. Sin embargo, el DUA de importación en Canarias suele liquidar IGIC. Con esta norma, el importador (el cliente palmero) presentará la acreditación ante Aduanas para que el IGIC de importación sea 0%.
- Caso 4: Marketplace de Repuestos de Automóvil. Un taller cuya nave fue dañada compra recambios online. El marketplace debe procesar la exención B2B bajo el régimen de tipo cero.
- Caso 5: Dropshipper con proveedores asiáticos. Si el producto entra en Canarias para un afectado, el agente de aduanas debe aplicar el tipo 0% en el despacho de importación, evitando el coste fiscal al cliente final.
7. Plazos clave
| Fecha | Hito | Quien | Consecuencia si no se cumple | | :--- | :--- | :--- | :--- | | 2025-10-21 | Entrada en vigor del Texto Refundido | Todos | Marco base de obligaciones | | 2025-12-31 | Antiguo vencimiento tipo cero | Ecommerce | Riesgo de cobrar 7% indebidamente | | 2026-01-01 | Inicio prórroga Decreto-ley 7/2025 | Ecommerce | Obligación de mantener el 0% | | 2026-05-11 | Publicación en BOE | Todos | Confirmación de validez estatal | | 2026-12-31 | Vencimiento final definitivo | Todos | El IGIC volverá a los tipos ordinarios | | 2027-01-20 | Liquidación 4T 2026 | Sujetos Pasivos | Fecha límite para declarar operaciones al 0% |
8. Sanciones y régimen sancionador
La aplicación incorrecta de los tipos de IGIC está regulada por la Ley General Tributaria (LGT) y la normativa propia del IGIC:
- Aplicación indebida de exenciones o tipos cero: Sanción del 50% al 150% de la cuota no ingresada si se considera que el vendedor fue negligente al no solicitar la documentación justificativa.
- Errores formales en facturación: Sanción de un importe fijo (aprox. 150€ por factura) o proporcional al importe de la factura si faltan las menciones obligatorias al Decreto-ley.
- No conservar las declaraciones responsables: El vendedor es responsable subsidiario del pago del impuesto si no puede demostrar por qué aplicó el 0%.
- Organismo competente: Agencia Tributaria Canaria (ATC).
9. Comparativa antes y después
| Aspecto | Régimen anterior (DL 12/2021) | Nuevo régimen (DL 7/2025) | Impacto práctico | | :--- | :--- | :--- | :--- | | Plazo servicios | Hasta 31/12/2025 | Hasta 31/12/2026 | Un año más de beneficio fiscal | | Plazo reactivación | Hasta 31/12/2025 | Hasta 31/12/2026 | Vital para PYMES palmeras | | Base Legal | Decreto-ley 12/2021 | Texto Refundido + DL 7/2025 | Mayor seguridad jurídica | | Facturación | Referencia a DL 12/2021 | Referencia a T.R. y DL 7/2025 | Cambio en plantillas de factura | | Ámbito geográfico | Solo municipios afectados | Solo municipios afectados | Sin cambios en la delimitación | | Procedimiento | Declaración responsable | Declaración responsable | Sin cambios en la carga administrativa | | Tipos impositivos | 0% | 0% | Mantenimiento del ahorro fiscal | | Auditoría | Fiscalización inmediata | Fiscalización a 4 años | Control estricto de la ATC |
10. Como cumplir paso a paso - Guía operativa
- Segmentación Geográfica: Identificar en el CMS los códigos postales de La Palma (38750, 38760, 38767, 38768, 38769, etc.).
- Añadir Atributo de Cliente: Crear un campo de "Afectado por Volcán Tajogaite" en el perfil de usuario.
- Configuración de Impuestos: En el panel de control (ej. WooCommerce > Ajustes > Impuesto), crear una clase de impuesto "IGIC CERO VOLCÁN" con prioridad sobre la regla general de Canarias.
- Sistema de Carga de Archivos: Habilitar en el checkout la posibilidad de subir el certificado de afectado o declaración responsable.
- Validación Manual/Automática: Establecer un proceso para verificar el documento antes de procesar el pedido o realizar una validación posterior rápida.
- Actualización de Factura PDF: Modificar el motor de plantillas (ej. PDF Invoices & Packing Slips) para insertar la coletilla legal obligatoria si el tipo de impuesto aplicado es el de La Palma.
- Libro Registro de Facturas: Asegurarse de que el software contable clasifique estas operaciones con el código específico de "operaciones exentas/tipo cero por normativa volcán".
- Información al Cliente: Añadir un banner o página informativa explicando el beneficio y cómo solicitarlo.
- Soporte Preventa: Instruir al equipo de atención al cliente sobre cómo guiar a los palmeros para obtener el descuento del 7%.
- Revisión de Precios: Asegurarse de que el precio mostrado en el checkout para estos clientes no incluya el IGIC oculto.
- Almacenamiento Seguro: Guardar la documentación de los clientes durante 4 años según la LGT.
- Auditoría Trimestral: Antes de presentar el modelo 420/425, verificar que todas las ventas al 0% tienen su justificación documental correspondiente.
11. Errores frecuentes
- Aplicar el 0% a cualquier envío a La Palma: Error grave. Solo aplica a quienes reponen bienes perdidos, no a compras ordinarias de nuevos residentes.
- No incluir la cita legal en la factura: Invalida la aplicación del tipo cero ante una inspección.
- Aceptar declaraciones verbales: Solo la declaración escrita y firmada (o certificado oficial) protege al vendedor.
- No actualizar el vencimiento: Dejar de aplicar el 0% el 1 de enero de 2026 pensando que la norma venció.
- Confundir IGIC 0% con Exención por Exportación: Son conceptos distintos en la declaración ante la Agencia Tributaria Canaria.
- Errores en el CP: No discriminar correctamente los municipios afectados del resto de la isla.
- No guardar copia de la acreditación: En una inspección, si no hay papel, el vendedor paga el 7% de su bolsillo.
- Doble imposición: Cobrar el 7% y que luego el cliente lo reclame por otra vía, generando costes de gestión y devolución de cobros con tarjeta (chargebacks).
12. Jurisprudencia y criterios oficiales
- Consulta Vinculante ATC (Agencia Tributaria Canaria) de 2022: Aclara que la reposición de stock de una tienda destruida también entra en el tipo cero.
- Criterio sobre servicios: La ATC ha confirmado que los servicios de reparación de bienes dañados (que no llegaron a destruirse) también gozan del tipo cero si se acredita el daño volcánico.
- Sentencia TC 14/2020: Avala el uso de decretos-leyes autonómicos para modificaciones de tipos en impuestos cedidos.
13. FAQ extensa
- ¿Si vendo desde Madrid a un particular de La Palma al 0%, tengo problemas con el IVA? No, los envíos a Canarias se consideran exportaciones exentas de IVA. El problema es el IGIC en destino, que normalmente paga el cliente. Si aplicas tipo cero, el cliente no pagará IGIC al recibir el paquete.
- Soy un autónomo que vende infoproductos, ¿me afecta? Solo si el infoproducto es necesario para la reactivación de una actividad dañada (ej. curso de nuevas técnicas de cultivo tras ceniza). Es un caso difícil de justificar pero legalmente posible.
- ¿Qué pasa si el cliente me miente y no es afectado? Si tienes la declaración responsable firmada por él, la responsabilidad de la veracidad recae sobre el cliente, no sobre el comercio, siempre que no haya indicios obvios de fraude.
- ¿Puedo aplicar el 0% a las suscripciones de software? Sí, si el software es una herramienta para la empresa afectada y se factura dentro del periodo de prórroga hasta 2026.
- ¿Amazon aplica esto automáticamente? Generalmente Amazon aplica el IGIC estándar. Los vendedores externos deben configurar sus perfiles tributarios o realizar devoluciones manuales del impuesto si el cliente acredita su condición.
- ¿Es obligatorio para todas las tiendas? Sí, es un derecho del consumidor afectado y una obligación tributaria del vendedor.
14. Normativas relacionadas
- Ley 20/1991: De modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- Decreto Legislativo 1/2025: Texto refundido de las disposiciones legales de Canarias en materia de tributos cedidos.
- Ley General Tributaria (Ley 58/2003): Marco sancionador y procedimental.
- Directiva 2006/112/CE: Aunque Canarias está fuera del ámbito del IVA, esta directiva marca las directrices que el IGIC suele espejar.
15. Recursos oficiales y herramientas recomendadas
- Sede Electrónica de la Agencia Tributaria Canaria: Para verificar certificados de afectados.
- Portal de Reconstrucción de La Palma: Donde se definen las zonas de afección.
- Módulos de Impuestos para WooCommerce/Prestashop: Se recomiendan plugins de 'Tax Display by Country' adaptados para regiones ultraperiféricas.
16. Conclusión práctica y valoración
La prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 es una excelente noticia para la economía de La Palma, pero exige que los negocios digitales mantengan un sistema de facturación dual durante un año más. El esfuerzo de adaptación es medio-bajo (configuración de reglas de impuestos y plantillas), pero el riesgo por negligencia es alto en caso de inspección masiva por parte de la ATC. Se recomienda a los ecommerce que operen en España revisar sus bases de datos de clientes canarios y proactivamente ofrecer este beneficio para mejorar la conversión y cumplir con la legalidad vigente.
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Fuente oficial: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-10119
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